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El pasado 15 de marzo (1) y 5 de abril (2) los grupos parlamentarios Socialistas y de Unidos Podemos, respectivamente, presentaron en la Mesa del Congreso de Diputados una proposición de Ley para regular el mercado de los alquilares.

Desde la llegada del PSOE al Gobierno central, se veía venir un cambio en las políticas de vivienda, que seguirán enfocadas al mercado del alquiler frente a la compraventa. El ministro de Fomento, José Luis Ábalos, ha confirmado que el Ejecutivo va a modificar la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 2013 del Gobierno de Mariano Rajoy.

Ábalos ha adelantado que se volverá al contrato de 5 años, ampliando dos más frente al contrato actual de tres años. Básicamente se recuperan los plazos de prórroga obligatoria y tácita que establecía la LAU de 1994. Mientras que Podemos apuesta por un contrato de 5 años con una prórroga automática de cinco años más.

Además, se van a regular los términos relacionados con la fianza y las garantías adicionales que se le puedan pedir al inquilino y se va a reforzar la seguridad jurídica del arrendatario cuando el propietario decida vender el inmueble. Fianza obligatoria de un mes, y se limitan las fianzas o avales adicionales en función de la renta de alquiler.
Por otro lado, para que el propietario pueda disponer de la vivienda alquilada para sí o para su familia, deberá hacerlo constar en una cláusula a la firma del contrato.

El inquilino no tendrá que irse de la vivienda por causas ajenas al cumplimiento de sus obligaciones como, por ejemplo, una ejecución hipotecaria. Si hay un nuevo propietario, el inquilino tiene derecho a permanecer en la vivienda al menos los cinco primeros años del contrato.

Se elimina la obligatoriedad de registrar el contrato en el Registro de la Propiedad. En los casos en el que el propietario venda la casa alquilada, el inquilino podrá seguir viviendo en ella durante el plazo de vigencia del contrato.

Desahucios de alquiler e impagos de la renta seguirán los trámites judiciales. Las disputas de menos valor se podrán agilizar en juicios menores para agilizar procedimientos.

Se diferencia entre el alquiler de temporada y la cesión de la vivienda de corta duración (alquiler turístico). El arrendamiento de temporada será de 15 días o más y sin servicios y se regulará por LAU. La cesión temporal será para arrendamientos inferiores a 15 días con servicios análogos a los hoteleros y quedará fuera de la LAU.
Otra de las medidas que Ábalos adelantó fue la mejora del régimen fiscal asociado a la vivienda, que básicamente irá a retomar la desgravación en el IRPF para el inquilino. Se recupera la desgravación estatal del alquiler, para los arrendatarios con una base imponible inferior a 30.000 euros anuales.

La otra medida es la construcción de 20.000 viviendas de obra nueva en un plazo estimado de cuatro a seis años destinadas al alquiler social. “Se harán en aquellos municipios y localizaciones, con demanda acreditada, en los que el precio del alquiler se está incrementando con mayor intensidad”, afirmó el ministro.

El gobierno actual ha decidido no vetar la tramitación de la proposición de ley de reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos. De una manera u otra, se tendrá que contar con las mayorías y seguir los plazos legales para su final aprobación y posterior publicación en el BOE.

(1) PSOE:
Proposición de Ley de medidas de fomento del alquiler estable de vivienda. (122/000209)

Para más información: Clica aquí

(2) PODEM:
Proposición de Ley para regular los alquileres abusivos y mejorar las garantías y el acceso a la vivienda en alquiler. (122/000217)

Para más información: Clica aquí

 

Juan Carlos Díez
Administrador de Fincas
Departamento de Wealth Management

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